Si tienes un piso en alquiler tienes que saber cuándo, dónde y cómo declarar el IVA como propietario del mismo. Una cuestión a veces compleja pero, sin duda, de la cual debemos estar actualizados siempre.

Hay organismos, como los ayuntamientos, que nos ofrecen calendarios actualizados, que informan de cuándo hay que presentar las declaraciones de dichos impuestos.

¿Qué es y cuándo hay que declarar el IVA?

Como casi todos sabemos, el IVA es el impuesto que se paga sobre el valor añadido de un producto o servicio, se trata de un impuesto indirecto. Este porcentaje es el que debe pagar el consumidor final, puesto que se encuentra en toda la cadena de producción de un producto o servicio. En cambio, el empresario es el que actúa como intermediario entre Hacienda y ese consumidor final.

Este impuesto debe ser presentado por todos los autónomos que realicen una actividad profesional, empresas mercantiles, arrendadores de inmuebles o bienes y promotores inmobiliarios. Y lo mejor es que se puede hacer online.

Si formamos parte de algunos de estos grupos, tendremos que pagarlo de manera fraccionada en varios meses. El periodo es el siguiente: del día 1 al 20 de los meses de abril, julio y octubre y del día 1 al 30 del mes de enero.

Ahora bien, ¿Cómo declarar el IVA de un piso en alquiler?

En primer lugar, tenemos que identificarnos con nuestros datos como sujetos pasivos. Es aquí donde también tendremos que especificar si nos encontramos ante alguna situación específica (régimen simplificado, inscrito en el Registro de devolución mensual, etc.).

En segundo lugar, tenemos que señalar el periodo en el que estamos realizando la liquidación, es decir, el año, el trimestre o el mes (en caso de que sea una presentación mensual).

Por último, llevaremos a cabo la liquidación. Se trata de la parte más importante de esta declaración. En este momento es cuando se recoge el IVA devengado en todas las operaciones de compra y venta intracomunitarias. Al mismo tiempo, se recoge el IVA soportado en las compras de servicios y de bienes. Esta es la forma mediante la cual se calcula el importe que debemos pagar o que se nos tiene que devolver, según el caso. Es decir, en esta liquidación aparece la diferencia que sale de restar el IVA devengado al IVA deducible (soportado).

Entendemos que éste tema puede resultar algo confuso, así que si estás pensando poner un piso en alquiler y aún no tienes muy claro cómo declarar el IVA, no dudes en contactar con nosotros a través de nuestro portal web inmobiliario DFLAT Madrid y asegúrate de hacerlo con total seguridad. Nuestros expertos se harán cargo de asesorarte de manera personalizada, según tus necesidades y tus objetivos.


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